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¿Sabes lo que es la ITE o IEE? Se trata de la Inspección Técnica de Edificios, muy conocido coloquialmente como la ITV de los edificios. En el post de hoy os contamos los detalles de esta inspección y del nuevo Informe de Evaluación del Edificio (IEE).
La ITE se trata de una inspección sobre el estado de conservación del edificio que establece el deber de mantener los edificios en condiciones mínimas de seguridad, salubridad, ornato público y decoro.
¿Es obligatorio para todos la Inspección Técnica de Edificios?
La primera inspección técnica del edificio se ha de realizar dentro del año en el que el edificio cumple cincuenta años desde su construcción original. Están obligados a efectuar la inspección técnica de los edificios y construcciones las personas propietarias de los mismos.
A partir de la primera inspección, las subsiguientes inspecciones se realizarán cada 5 años.
¿De qué consta el acta de Inspección Técnica de Edificios?
El acta de la inspección debe contener toda la información relativa a las condiciones de estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación estructural, así como sobre las condiciones de habitabilidad y uso efectivo. Concretamente establece:
- Estado de la estructura y cimentación.
- Estado de fachadas interiores, exteriores, medianerías del edificios, en especial los que pudieran suponer un peligro para la vía pública, como petos de terrazas, placas, etc… e incluso elementos superpuestos (rótulos, instalaciones o similares).
- Estado de cubiertas y azoteas.
- Estado de las redes generales de fontanería y saneamiento del edificio.
En el supuesto de que el resultado de la inspección sea favorable no se admitirán informes complementarios en los que se pueda deducir la existencia de daños o deficiencias.
En el supuesto de que el resultado de la inspección sea desfavorable, deberá reflejarse además el siguiente contenido:
- Descripción y localización de los desperfectos y deficiencias que afecten a los elementos inspeccionados como pueden ser daños estructurales, fisuras, humedades, redes generales de fontanería y saneamiento, etc.
- Descripción de las medidas recomendadas, y en su caso priorizadas, para solventar los desperfectos y deficiencias indicadas en el informe.
- Presupuesto detallado de las obras a ejecutar y plazo estimado para su ejecución.
¿Quién realiza la Inspección Técnica de Edificios?
Son técnicos competentes para la realización de la ITE y el IEE en edificios residenciales los arquitectos y arquitectos técnicos.
¿Y qué es el Informe de Evaluación del Edificio?
El IEE entró en vigor en 2013. Es una de las novedades más significativas del nuevo plan estatal de viviendas y rehabilitación edificatoria. Viene a sustituir a la ITE incorporando el criterio de accesibilidad y eficiencia energética junto al estado de conservación del edificio. El IEE será obligatorio a partir del año 2017.
“IEE = ITE + Accesibilidad + Eficiencia Energética”
Con independencia de la antigüedad de los edificios, es obligatorio que los propietarios realicen el IEE cuando pretendan solicitar ayudas públicas para realizar obras de conservación, de accesibilidad universal o eficiencia energética, y siempre con anterioridad a la formalización de la petición de la correspondiente ayuda.
En resumidas cuentas, ¿cuál es el objetivo de la ITE y del IEE?
El objetivo final al que convergen es el de fomentar y facilitar la intervención sobre el parque edificatorio existente para reducir su consumo energético. También para adecuar su nivel prestacional al de los edificios de nueva construcción. Es decir, se busca renovar nuestro parque de viviendas para conseguir edificios en buen estado de conservación, accesibles y eficientes energéticamente.
Son de especial interés los edificios construidos antes de 1980. Estos edificios no disponían de normativa con aspecto energético, es decir, no exigían ningún tipo de aislamiento en su construcción. Por ello, la intervención en estos edificios son las que pueden alcanzar la mejor relación coste-beneficio.
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